El Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones (SPEPM) anunció este jueves acciones preventivas en el caso de un docente de un instituto educativo privado incorporado a la enseñanza oficial, imputado por presunto abuso sexual. Aunque el agente no tiene prohibiciones penales para trabajar, el organismo invocó el deber de seguridad escolar para requerir su separación inmediata del establecimiento.
El comunicado oficial del SPEPM, emitido hoy desde Posadas, detalla que el docente "goza de libertad bajo medidas restrictivas que se limitan a la presunta víctima, sin prohibición general de contacto con menores ni inhabilitación laboral", según la información proporcionada por el instituto educativo. Desde el plano penal, aclara el organismo, "no existe impedimento para el ejercicio de su trabajo".
Sin embargo, el SPEPM enfatiza que el marco normativo vigente –incluido el artículo 1767 del Código Civil y Comercial, la Ley 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes y la doctrina de responsabilidad escolar– impone a las instituciones un "deber reforzado de seguridad y prevención". El análisis, sostiene, no se reduce al lugar de los hechos, sino al "riesgo institucional" y al impacto en la confianza de la comunidad educativa.
En respuesta, el SPEPM requirió "con carácter de urgente" a la institución la adopción de medidas preventivas razonables, tales como la separación física del agente del establecimiento, su reubicación en tareas sin contacto con alumnos o una licencia preventiva. Esta indicación se sustenta en "el deber de seguridad, el interés superior del niño y el principio precautorio, con carácter provisorio y sin prejuzgamiento de culpabilidad".
El organismo aclara que no actúa como órgano penal ni impone sanciones, respetando el principio de inocencia, pero advierte que mantener la situación actual "solo por la inexistencia formal de alumnos a cargo no satisface el estándar de máxima diligencia exigible".
El caso, que se tramita en sede penal, genera preocupación en la comunidad educativa de Misiones, donde el SPEPM ejerce facultades de supervisión conforme a la Ley VI – N° 46. Hasta el momento, no se han revelado detalles adicionales sobre el instituto involucrado ni el avance judicial.



