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Misiones: En agosto se eliminan las retenciones sobre transferencias y billeteras virtuales en Misiones
27/07/2026 | 87 visitas
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La medida, dispuesta por el Gobierno provincial a través de la Agencia Tributaria Misiones (ATM), borra las retenciones automáticas para usuarios particulares que operan con billeteras virtuales, tarjetas y transferencias bancarias. También alcanza a monotributistas de hasta la categoría D que cumplan con los criterios establecidos.

Por instrucción del gobernador Hugo Passalacqua, la Agencia Tributaria Misiones (ATM) publicó la Resolución General N.º 11/2026, que elimina las retenciones automáticas sobre operaciones realizadas mediante billeteras virtuales, tarjetas y transferencias bancarias. La medida entrará en vigencia el próximo 1 de agosto.


Con esta modificación, recibir transferencias o pagos electrónicos dejará de ser motivo para la aplicación de retenciones fiscales en los casos contemplados por la normativa. El objetivo es diferenciar a los usuarios particulares de quienes desarrollan una actividad económica habitual, brindando mayor seguridad jurídica y adecuando el régimen tributario a las nuevas modalidades de pago.


La disposición beneficia a quienes realizan movimientos personales, como transferencias entre familiares, reintegros de gastos o cobros ocasionales. Además, alcanza a monotributistas de hasta la categoría D, siempre que se encuadren dentro de los criterios de habitualidad establecidos.


Cabe recordar que el anuncio político se dio el pasado 1 de junio cuando el gobernador Hugo Passalacqua comunicó la desición. Mientras que la reglamentación llegó un mes despues con detalles de implementación a través de la Agencia Tributaria Misiones (ATM) con la publicación de la Resolución General N°11/2026. 


En ese sentido, la Provincia adoptó los parámetros definidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) para determinar cuándo una persona desarrolla una actividad económica y cuándo se trata de operaciones de carácter personal.


La medida comprende las operaciones efectuadas tanto mediante CVU, utilizadas por las billeteras virtuales, como por CBU correspondientes a cuentas bancarias. Asimismo, establece que el beneficio será aplicable para quienes reciban transferencias de hasta $2.184.404 mensuales.


Desde el Gobierno provincial señalaron que esta actualización normativa busca modernizar el sistema tributario, otorgar mayor previsibilidad a los contribuyentes e incentivar el uso de medios de pago digitales.

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