El Gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua elevó a la Cámara de Representantes un proyecto de ley para modificar la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, otorgándole de manera explícita y taxativa el control y la fiscalización sobre las empresas y sociedades del Estado provincial y municipal, incluyendo empresas mixtas y con participación estatal mayoritaria.
“Los misioneros necesitan claridad, apertura y una gestión de cara a la gente, y quienes tenemos la responsabilidad de gobernar y manejar los recursos públicos trabajamos 24/7 para garantizar absoluta transparencia con medidas concretas. No solo no esquivamos esa responsabilidad, sino que es una convicción profunda: hoy en Misiones gobernar es rendir cuentas a diario”, escribió en sus redes el mandatario provincial.
El proyecto
El proyecto del Ejecutivo plantea en el Articulo 1 “incorporase como segundo párrafo del Artículo 2 de la Ley I -N 3 (Antes Decreto Ley 1214/60), el siguiente texto: Articulo 2, asimismo, ejerce la fiscalización de las y del estado provincial y municipal, que comprende a las y sociedades del estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, de economía mixta y todas aquellas otras entidades empresariales donde el provincial o municipal, tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las societarias”.
Primero plantea que la citada Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas tiene por objeto establecer su marco regulatorio a fin de que dicho órgano ejerza el control externo sobre la administración de los recursos públicos y cumpla su función jurisdiccional, garantizando la transparencia y legalidad exigidas la normativa vigente, y, en su caso, determinando y sanciones, dentro el ámbito asignado por la Constitución Provincial y las leyes. “Que la exigencia de mayor transparencia en la de los asuntos públicos resulta fundamental para afianzar la confianza de la ciudadanía. Responder a esta demanda implica consolidar prácticas institucionales claras, y de cara a la sociedad”.
“Que, a fin de dotar de mayor claridad y certeza jurídica al marco regulatorio vigente, este Ejecutivo considera oportuno mencionar de manera explícita a las Empresas y Sociedades del Estado en el Artículo 2 de la Ley I -N° 3 (Antes Decreto Ley 1214/60), ratificando así su encuadre dentro del ejercicio del control del Tribunal de Cuentas, propiciando además, a los fines organizativos y de coordinación, que la presente reforma entre en vigencia a partir del día 1 de enero del año 2027, motivo por el cual se solicita la sanción del presente Proyecto de Ley”.



